Buscar
Política

Lectura 3:00 min

SCJN votará inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa el jueves 8 de septiembre

Luego de que, durante dos días, los diez ministros fijaron su posición, el ponente solicitó posponer la votación correspondiente.
 

A petición del ministro Luis María Aguilar para analizar si reelabora, retira o sostiene su proyecto de resolución que propone la inaplicación de la prisión preventiva oficiosa, establecida en el artículo 19 de la Constitución, por inconvencional, luego de que siete de los 11 integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anunciaron que lo rechazará, será hasta el próximo jueves 8  de septiembre cuando se vote.

Luego de que, durante dos días, los diez ministros fijaron su posición, el ponente solicitó posponer la votación correspondiente.

Previo a su petición y luego de que Arturo Zaldívar, presidente de la Corte, respaldó el sentido del proyecto por considerar que la prisión preventiva oficiosa sí es violatoria de derechos humanos, las ministras Margarita Ríos Farjat y Loretta Ortiz, así como Alberto Pérez Dayán refrendaron el sentido de sus argumentos en contra.

“Como es fácil de advertir... hay una gran cantidad de opiniones, de argumentos jurídicos, políticos, de la realidad inclusive, que se han expresado... y que son desde luego muy de tomarse en cuenta todos.

“Yo pido a su señoría y al señor ministro presidente que no se tome la votación hoy mismo sino en la próxima sesión, que será el jueves, para que a su vez me permitan analizar, reflexionar e inclusive para poder asumir, contradecir algunas de las reflexiones que se han sustentado aquí, y el próximo jueves me permitan hacer una exposición al respecto, inclusive con el deseo de saber si debo frente a ustedes retirar el proyecto para reelaborarlo conforme a un criterio que buscaría yo cómo está, digamos, unificado o al menos en un tronco común o bien votarlo y ya hacer un proyecto de engrose’’, suplicó Aguilar.

“Yo he visto discutir, por ejemplo, en distintos puntos de vista la facultad de la Suprema Corte para llevar a cabo este estudio para llegar a las conclusiones que se proponen de una manera, inclusive otros de otra manera, de poder señalar respecto del 19 constitucional que no hay la propuesta, no se propone invalidar sino inaplicar, que es una cosa aparentemente semejante pero distinta, con un efecto distinto, cosas, por ejemplo, como las interpretaciones o ya sustitución del parámetro contenido en la contradicción 293, todo ello y en eso coincidimos, yo lo he oído en todos, para buscar la mayor protección de los derechos humanos de todas las personas en este país.

“Lo que estamos aquí interpretando, ya lo han dicho expresamente varios, es cómo ver los derechos humanos a la luz de la Constitución frente a la propia Constitución porque ya se han señalado diversos artículos que se deben tomar en cuenta, cómo entenderlos en relación con las propias normas constitucionales’’, explicó.

 

rolando.ramos@eleconomista.mx

Temas relacionados

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas