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Política

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TEPJF multa a Morena y aliados con casi 85,000 pesos por aparición de niños en propaganda

El PAN también fue multado con 31,122 pesos por incumplir con las reglas de propaganda electoral de la precampaña al no especificar la calidad de precandidatura de Xóchitl Gálvez Ruiz y por haber incumplido con medidas cautelares.  

En la propuesta se contempla que los magistrados no podrá interpretar las leyes, además de retirar el carácter de inatacable a los fallosEl Economista, Eric Lugo

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó multar a Morena, PT y PVEM y su candidata a la presidencia, Claudia Sheinbaum Pardo, con casi 85,000 pesos por vulnerar el interés superior de la niñez en la difusión de su propaganda electoral.

En un primer momento, las magistraturas de esta Sala Especializada impusieron una multa equivalente a 41,496 pesos a Morena, del Trabajo y Verde Ecologista de México por la difusión de un video publicado el 20 de diciembre del 2023 en la cuenta de Instagram de su candidata a la presidencia, Claudia Sheinbaum, pues aparecen dos personas menores de edad identificables y de las cuales no se presentó documentación y tampoco se difuminaron sus rostros; por ello, se concluyó que los partidos políticos incumplieron con su deber de cuidado.

Ante estos hechos, también se determinó que la infracción atribuida a Claudia Sheinbaum era leve por lo que a ella solo se le impuso una amonestación pública, sin embargo, al advertir que el video denunciado sigue publicado en la referida plataforma, se ordenó a la morenista eliminarlo o, en su caso, difuminar los rostros de la niña y el niño que aparecen.

Asimismo, se hizo un llamado a Claudia Sheinbaum para que, en todo momento cumpla con los requisitos tendentes a la máxima protección de personas menores de edad.

Por otro lado, la Sala Especializada también multó con otros 43,428 pesos a Morena por la vulneración a las reglas de difusión de propaganda electoral por la aparición de forma incidental 31 personas menores de edad en un video en vivo en su cuenta de YouTube, pues el partido no entregó la documentación requerida en los lineamientos del INE para su aparición, ni difuminó sus rostros o los ocultó.

“En consecuencia, se propone imponer a Morena una multa y hacerle un comunicado para que en todo momento garantice la observancia y cumplimiento de los requisitos que buscan proteger a las niñas, niños y adolescentes”, determinó la Sala Especializada.

Por otro lado, el PAN también fue multado con 31,122 pesos por incumplir con las reglas de propaganda electoral de la precampaña al no especificar la calidad de precandidatura de Xóchitl Gálvez Ruiz y por haber incumplido con medidas cautelares.

De acuerdo con la sanción aprobada, el PAN incumplió con las reglas en materia de propaganda electoral para el periodo de precampaña por no especificar la calidad de precandidatura que ostentaba Xóchitl Gálvez Ruiz en dos videos en la página de YouTube, lo cual pudo significar un posicionamiento anticipado frente a la ciudadanía ante una eventual candidatura a la Presidencia de la República.

Rechazan actos anticipados por aparición de Sheinbaum en espectaculares de líderes mexicanos

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Claudia Sheinbaum no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña ni en promoción personalizada; tampoco usó recursos públicos ni vulneró los principios de neutralidad y equidad en la contienda, con la difusión en espectaculares y microperforados que publicitaron la edición número 32 de la revista “Líderes Mexicanos”, en la que se reprodujo el primer capítulo del libro “Claudia Sheinbaum: PRESIDENTA”.

Y es que los magistrados determinaron que no se acreditó la existencia de algún nexo entre Sheinbaum y la revista, además de que no desprendieron elementos para desvirtuar que la estrategia de difusión de la revista constituyó un ejercicio comercial ordinario.

Tampoco se advirtió un actuar sistemático para posicionar a Sheinbaum frente a la ciudadanía en general como opción para ocupar la Presidencia de la República ni se acreditó el uso de recursos públicos para pagar la publicidad antes mencionada.

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