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Política

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Confirman excluir a partidos en la elección judicial

El INE aprobó reformas al Reglamento de Sesiones en la que se prohibió las representaciones de los partidos políticos y del Legislativo no integren sesiones en donde se aborde la elección judicial.

Los magistrados del máximo tribunal en materia electoral desecharon las impugnaciones interpuestas por el PAN y MC.Foto EE: Archivo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la exclusión de los partidos políticos para participar en el proceso electoral para elegir a jueces y magistrados derivado de la reforma judicial. 

Por mayoría de votos, las y los magistrados del máximo tribunal en materia electoral desecharon las impugnaciones interpuestas por el PAN y MC, en contra del acuerdo emitido por el Consejo General del INE en el que aprobó las reformas al Reglamento de Sesiones en la que dispuso la prohibición de que las representaciones de los partidos políticos y del Poder Legislativo no integren las sesiones en las que aborden temas relativos a la elección de integrantes del Poder Judicial.

De acuerdo con el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, contrario a lo reclamado por los partidos, el INE sí fundó y motivó adecuadamente las razones por las que los grupos partidistas no pueden participar en la elección judicial, pues, se recordó que el decreto de reforma constitucional del que deriva la organización del proceso electoral para elegir diversos cargos del Poder Judicial Federal, establece que estos no podrán participar en dicha elección.

Al votar en contra de este acuerdo, la magistrada Janine Otálora Malassis, sostuvo que aunque la reforma judicial plantea de que las y los consejeros del Poder Legislativo, las y los representantes de partidos políticos ante el Consejo General no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas con este proceso, el INE interpretó los términos “no participar” y estableció que esto equivalía a la exclusión absoluta de los partidos políticos de su lugar en la mesa del Consejo.

“En este sentido, la prohibición de participación de los partidos políticos no puede interpretarse de una manera en la cual altere la integración del Consejo General, porque la reforma constitucional justamente referente al Poder Judicial no pretendió modificar el artículo 41 constitucional”, argumentó.

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