Buscar
Sector Financiero

Lectura 2:00 min

SAT entrega primera devolución

Un promedio de 9,000 pesos está devolviendo el Servicio de Administración Tributaria a los contribuyentes con saldo a favor que presentaron su declaración anual de impuestos entre enero y el 1 de abril, informó dicha dependencia.

Un promedio de 9,000 pesos está devolviendo el Servicio de Administración Tributaria (SAT) a los contribuyentes con saldo a favor que presentaron su declaración anual de impuestos entre enero y el 1 de abril, informó dicha dependencia.

La declaración corresponde al ejercicio 2012 del Impuesto Sobre la Renta. Es la primera emisión de rembolsos que fue autorizada y comprende más de 124,000 solicitudes, que equivalen a 72% del total de declaraciones presentadas en el periodo. Lo anterior fue posible, según el SAT, gracias al uso de medios electrónicos.

El proceso de devoluciones automáticas hace más eficiente que proceda el saldo a favor en beneficio de los pagadores de impuestos cumplidos y que han pagado en exceso, destacó el brazo fiscal de Hacienda. Y es que así, tienen la posibilidad de recibir su devolución de manera expedita, afirmó. Al mismo tiempo, el SAT advirtió que, de acuerdo con sus facultades, ejercerá acciones de cobro para los contribuyentes que tienen algún adeudo con el fisco.

CUIDADO CON LOS FRAUDES

El plazo promedio en que se prevé efectuar el depósito en el resto de las emisiones de saldos a favor es de 12 días hábiles. Hay que recordar que la devolución automática aplica para todos los contribuyentes personas físicas que presenten su declaración normal o complementaria del ejercicio fiscal 2012 e indiquen la opción de devolución.

Para que proceda la solicitud de reintegro, los causantes deben asegurarse de cumplir, entre otros, requisitos básicos como enviar su declaración de forma electrónica, utilizando la Firma Electrónica Avanzada, sobre todo para los saldos a favor iguales o superiores a 13,970 pesos.

Tener disponible el número de Clave Bancaria Estandarizada. Tener cuidado de no presentar inconsistencias en el llenado de la declaración, como errores aritméticos y/o de cálculo, errores u omisiones en los datos de identificación, entre otros. De lo contrario, la solicitud será rechazada.

lflores@eleconomista.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas