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El Empresario

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Nuevo régimen de confianza del SAT busca formalizar a mipymes, no solo recaudar

El nuevo régimen de confianza por parte del SAT para beneficiar a los pequeños contribuyentes, ¿realmente les beneficia o afecta?

Ante la presentación de la iniciativa de reforma fiscal presentada el pasado 8 de septiembre en donde se propone un nuevo régimen de confianza por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) para beneficiar a los pequeños contribuyentes, han surgido dudas sobre lo que implica para las empresas ¿realmente les beneficia o afecta?

Juvenal Lobato, presidente de la comisión fiscal nacional de Coparmex, explica que la propuesta que busca ayudar a personas físicas con ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos y a empresas que no excedan los 35 millones de pesos de ingresos al año, es adecuada porque les permitirá formalizarse, al menos a 2.1 millones de empresas.

Si bien es una “propuesta para modificar la ley de impuesto sobre la renta para que las personas físicas y morales paguen sus impuestos bajo un régimen más accesible, es un régimen que busca no tanto la recaudación en inmediato, sino sobre todo la incorporación de personas físicas y morales que podrían estar en la informalidad”, explica en entrevista con El Empresario.

En este sentido coincide Juan Ignacio Rivero Celorio, coordinador de comisiones fiscales en el Colegio de Contadores, quien afirma se trata de establecer un régimen de cumplimiento simplificado para las pequeñas empresas que les permita ahorrar tiempos en procesos administrativos y les invita a estar en regla con sus obligaciones de forma más sencilla.

“No es tanto de estímulos fiscales, sino que se enfoca en la facilidad de cumplimiento. Es una facilidad administrativa para que la gente se acerque y esté en cumplimiento. Todos tenemos un deber de pagar, por lo que vemos en esta propuesta un aliciente de acercarse y regularizarse”, menciona.

Pros y contras

Los especialistas coinciden que por ahora, es pronto emitir comentarios sobre las implicaciones de la propuesta, ya que requiere un mayor análisis de los pormenores, aunque en primera instancia es favorable.

“Es una propuesta que hay que analizar, que eventualmente puede resolver el problema pero hasta que no se analicen a detalle los alcances y límites que tienen, podremos definir qué tanto puede ayudar”, indica Lobato.

De las primeras impresiones que se obtienen es que sí puede ser una herramienta que aumente la formalización de mipymes, ya que además de facilitar el proceso, ofrece otros beneficios.

Lobato menciona que quienes se incorporen tendrían mejores reglas para deducción de inversiones, por ejemplo, en el caso de las construcciones por parte de las personas morales, que ahora puede deducir un 5% al año, con el nuevo régimen el monto podría ser de 20 por ciento. En el caso de arrendar un inmueble y mejorarlo, se puede reducir el 100% sin esperar a que sea de forma anual.

Asimismo, la tecnología que ofrece el SAT permitirá determinar la cantidad de impuestos sin tener que recurrir a especialistas; sin embargo, esto no significa que se prescindirá de profesionistas como algunas empresas han creído, sino que es una herramienta para mejorar el proceso siempre tomando en cuenta al talento contable.

Otra de las ventajas es el tema del régimen del flujo de efectivo, donde se declaran impuestos a pagar hasta el momento que se tengan los ingresos correspondientes. Normalmente el pago es como un modo de crédito, que aunque no lo reciban, deben declarar el ingreso.

“La tasa del impuesto sobre la renta sigue igual, del 30%, pero están dos beneficios: tributar sobre la banca del flujo de efectivo, y una especie de estímulo para efectuar compra de bienes”, resalta Rivero Celorio.

En caso de que la empresa crezca y supere los ingresos de 35 millones de pesos al año, no será acreedor de algún pago extra o sanción, solo se prevé cambiar de régimen a persona moral bajo el título dos.

Del lado negativo, Rivero Celorio indica que aún no hay claridad en algunos procesos, por ejemplo, si se cambia del régimen de confianza al de titulo dos, no se define cómo se haría, qué pasaría si se tienen inversiones y se dedujeron, cómo cambiaría esto, entre otros aspectos.

Otro punto a considerar es que este nuevo régimen sustituye al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) especialmente para las personas físicas, que a opinión de los especialistas, es un programa que no funcionó como se esperaba.

“Prácticamente el RIF no terminó funcionando como se esperaba, pero quienes estaban ahí y tengan disposiciones pendientes de aplicar, podrán darse en el nuevo régimen”, dice Lobato.

Para incorporarse al nuevo régimen, quienes ya estaban en el RIF el proceso lo tendrán de forma automática, mientras que las empresas que ya venían cumpliendo, no tendrían que preocuparse más. Las de nuevo ingreso, deberán ingresar al SAT y cumplir con los requisitos que en ultimo término se determinen.

Educación el tema, la prioridad

Tanto Lobato como Rivero establecen que aunque esta parece ser una buen herramienta, para que tenga el éxito esperado y no el mismo destino que el RIF, lo importante es difundir la información del tema, educar a la población sobre la importancia de la formalización, por qué hacerlo, los beneficios, las formas y cómo este régimen les permitirá tener un mejor desempeño en sus organizaciones.

Cuando el RIF se dio, nada de esto se realizó y es prioridad para que más personas se sumen al régimen.

En el caso del Colegio de Contadores, la misión es dar capacitaciones en el tema de forma continúa, aunque lo ideal es que esto se haga en colaboración con el gobierno.

Lobato también considera que para el avance de la propuesta es necesario sentarse con el sector privado para saber cómo crear mejores condiciones. Al final esto debe ser un trabajo en conjunto entre gobierno y sector privado.

Coeditora El Empresario. Periodista especializada en temas de emprendimiento, management, cultura laboral, capitalismo consciente, liderazgo, economía circular y sustentabilidad.

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