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Banca elevará medidas contra lavado de dinero
El Ejecutivo envió un anteproyecto a la Cofemer que reforma la Ley de Instituciones de Crédito.
Derivado de la reforma financiera y en cumplimiento a los acuerdos internacionales que tiene México con el Consejo de Seguridad de la ONU y con el Grupo de Acción Financiera sobre Blanqueo de Capitales (GAFI) , en breve los bancos que operan en el país tendrían que reforzar sus medidas de prevención de lavado de dinero y de financiamiento al terrorismo.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con el visto bueno de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), remitió el pasado lunes a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), el anteproyecto de resolución que reforma las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
En la propuesta, se establece, por ejemplo, que la SHCP pondrá a disposición de las instituciones de crédito, una lista de personas bloqueadas , y que los bancos deberán adoptar e implementar mecanismos que permitan identificarlas.
En caso de que la entidad identifique que dentro de esta lista se encuentra el nombre de alguno de sus clientes o usuarios, deberá suspender, de manera inmediata y provisional, la realización de cualquier acto, operación o servicio; remitir a la SHCP un reporte de operación inusual, e informarle al cliente o usuario de la situación.
De acuerdo con el documento remitido por la SHCP, se podrá incluir en la lista a aquellas que, con base en organismos internacionales y nacionales, se hallen en los supuestos de una posible vinculación con los delitos de terrorismo y su financiamiento o con otras actividades ilegales.
Así como a quienes omitan proporcionar información o datos, los encubran, o impidan conocer el origen, localización, destino o propiedad de los recursos de procedencia ilícita.
Sin embargo, se aclaró que las personas que hayan sido incluidas en la lista, podrán hacer valer sus derechos y solicitar audiencia. En caso de que se considere que no está dentro de los supuestos, deberá eliminarse del listado y los bancos tendrán que reanudar de inmediato la realización de actos, operaciones o servicios.
REPORTARÁN OPERACIONES CON CHEQUES DE CAJA
Otro punto que se incluye en el anteproyecto de resolución presentado por la SHCP ante la Cofemer, es el que establece la obligación de realizar reportes de operaciones con cheques de caja. La dependencia justificó esta medida con el argumento de que hay un gran número de operaciones que se realizan con estos instrumentos.
En este punto, detalló la resolución, las instituciones de crédito deberán remitir a la SHCP, dentro de los primeros 10 días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, un reporte por cada operación de expedición o pago de cheques de caja, realizada con sus clientes o usuarios, en los tres meses anteriores a aquél en que deban presentarlo, por un monto igual o superior al equivalente, en moneda nacional, a 10,000 dólares.
Para evitar que las operaciones con fideicomisos puedan ser utilizadas para evadir los controles y medidas de identificación de clientes o hacer mal uso de éstas, se establecen ajustes para acotar y robustecer diversas previsiones respecto de las operaciones que se realicen a través de esta figura.
Otros de los objetivos de la resolución aplicable son: incluir el número de identificación fiscal de personas extranjeras, a fin de dar cumplimiento al acuerdo firmado entre la SHCP y la Oficina del Tesoro de Estados Unidos, con lo que se busca identificar a contribuyentes que no están reportando todos sus ingresos, y así evitar la evasión, y facilitar el cumplimiento de pago de contribuciones al comercio exterior y sus accesorios, causadas por la importación de mercancías distintas al equipaje de pasajeros de viajes internacionales. Para esto último, se modifican las restricciones para realizar operaciones en efectivo con dólares.
Estas medidas se sumarían a otras que los bancos ya realizan desde hace algunos años en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, como : la identificación del cliente y el usuario, y la presentación de reportes de operaciones relevantes e inusuales, entre otras.
A decir de la Cofemer, en un plazo de 10 días, emitirá ya una resolución respecto de este anteproyecto presentado por la SHCP.
eduardo.juarez@eleconomista.mx