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Alai pide a la SHCP ampliar plazo para que plataformas digitales retengan IVA e ISR

La Asociación Latinoamericana de Internet advirtió sobre la necesidad de contar con los cinco meses de adecuación, publicados oficialmente en los lineamientos de la Ley sobre impuestos digitales, debido a que el paquete de leyes secundarias en esta materia solo se basan en la dinámica de un modelo de negocio, y no son aplicables a todas las plataformas.

Foto: Archivo

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La Asociación Latinoamericana de Internet (Alai) solicitó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) postergar el plazo para que todas las plataformas digitales que operan en México puedan implementar las nuevas disposiciones fiscales que se deberán cumplir a partir del 1 de junio de este 2020, ante la falta de "reglas operativas claras".

En una carta enviada a la dependencia federal, la Alai advirtió sobre la necesidad de contar con los cinco meses de adecuación, publicados oficialmente en los lineamientos de la Ley sobre impuestos digitales, debido a que el paquete de leyes secundarias en esta materia solo se basan en la dinámica de un modelo de negocio, y no son aplicables a todas las plataformas.

"El programa piloto que se inició el segundo semestre de 2019 de manera conjunta entre la SHCP, el SAT y las principales plataformas de transporte fue un pilar importante en el diseño de las reglas operativas publicadas por el SAT. En este sentido destacamos que en todos los acercamientos que hemos tenido con las autoridades fiscales durante el desarrollo de la normatividad secundaria, Alai ha expuesto la necesidad de que ésta considere la diversidad de características operativas de los distintos modelos de negocios de las plataformas digitales", detalló la organización en la misiva.

La Alai explicó que basar las reglas de operación sólo en los resultados de los negocios que realizaron el programa piloto no ofrece una solución simplificada, sino que conduce a "significativas afectaciones" para los usuarios de otro tipo de servicios digitales, entre las que destacó el riesgo de aplicar una doble tributación, cobro excesivo del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

La asociación informó que el 29 de abril pasado solicitó a las autoridades fiscales publicar un régimen transitorio, que incluya reglas de caracter general para la implementación y aplicación de cobro y retenciones de impuestos; sin embargo, la Alai dijo que no se ha proporcionado toda la información requerida, por lo que solo se contará con "días", en lugar de los cinco meses acordados para que las plataformas puedan realizar los cambios técnicos requeridos para poder cumplir correctamente. 

La organización señaló que la SHCP se ha negado a otorgar la extensión del plazo bajo el argumento de que si las empresas que participaron en el programa piloto cumplirán a tiempo, el resto de las plataformas lo podrían hacer también. Sin embargo, la Alai destacó que las plataformas de transporte que colaboraron con las autoridades iniciaron el proceso en el segundo semestre del 2019.

La Alai reiteró su voluntad de colaborar y contribuir con el crecimiento de la economía digital de México, pero destacó también la necesidad de un marco de certeza jurídica integral y con claridad.

Estas observaciones coinciden con las advertencias de diversas empresas de comercio electrónico, como Mercado Libre y CanastaRosa.com, sobre la falta de claridad en las reglas de operación para cumplir con los cambios fiscales para el sector que quedaron asentados en la Ley de Ingresos para este 2020.

El Paquete Económico 2020 supuso la entrada en vigor de varias obligaciones fiscales para las plataformas que funcionan como intermediarios entre el proveedor de un servicio y un usuario final, como es el caso de las tiendas de comercio, las plataformas de renta de inmuebles o de transporte.

Estas obligaciones van desde inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT; ofertar y cobrar, conjuntamente con el precio de sus servicios, en forma expresa y por separado el IVA; llevar un registro de los receptores de sus servicios ubicados en el territorio nacional; proporcionar mensualmente al SAT el número de operaciones realizadas con receptores ubicados en territorio nacional, clasificado por tipo de servicios y su precio; calcular y pagar mensualmente el IVA correspondiente al mes del que se trate; proporcionar vía electrónica a sus clientes en México un comprobante de pago con el IVA separado, cuando lo solicite el receptor y designar ante el SAT un representante legal y un domicilio para efectos de notificación y vigilancia del cumplimiento de las obligaciones.

Estas empresas también deberán recaudar el ISR generado por los proveedores de estos servicios de acuerdo con la tasa establecida en la regulación.

Con información de Rodrigo Riquelme.

kg

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