Buscar
Arte e Ideas

Lectura 5:00 min

¿Qué hay de los derechos laborales en la industria cinematográfica?

Para formalizar el trabajo de la cadena productiva audiovisual se reconocen dos desafíos que también han sido rasgos operativos: el esquema de prestación de servicios y la subcontratación. Imcine y Canacine inician una serie de encuentros para perfilar cambios en la industria.

Foto: Shutterstock

Trabajar en la industria cinematográfica, como parte de un equipo involucrado en la manufactura de un producto audiovisual en nuestro país, puede significar incorporarse a un trabajo informal. De acuerdo con el Anuario Estadístico del Cine Mexicano 2020, esta industria generó un 53% de empleos indirectos. Esto sugiere la abundancia de problemáticas diversas en temas laborales. Una de ellas, que muchos de los trabajadores del séptimo arte se incorporan a producciones temporales y, prácticamente por definición, carentes de garantías laborales tan básicas como la seguridad social.

En enero pasado, la titular de la Secretaría de Cultura federal, Alejandra Frausto Guerrero, y la subsecretaria de Desarrollo Cultural, Marina Núñez Bespalova, confirmaron que este mismo año, sin precisar plazos, la dependencia junto con autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) echarán a andar un primer modelo de seguridad social para trabajadores autónomos (con énfasis en los creadores) que, remarcaron las funcionarias, incluirá bajas, licencias e incluso la posibilidad de un seguro para el retiro.

Con las reformas laborales del 2021, la necesidad de formalizar trabajos independientes o periódicos dentro de las distintas industrias culturales y creativas en el país se ha vuelto un imperativo. En eso coinciden funcionarios y representantes de las cámaras. Pero esta formalización requiere de ajustar factores laborales diversos y particulares.

En esta dirección es que la semana pasada dio inicio la serie de conversatorios Derechos Laborales del Medio Audiovisual y Cinematográfico de México, organizada por el Instituto Mexicano de Cinematografía (Imcine) a través de la Comisión Mexicana de Filmaciones (Comefilm), que constará de una sesión cada dos semanas hasta julio próximo, con invitados especiales de la cadena productiva del cine mexicano, con el objetivo de discutir y homologar criterios de camino a una deseada formalización laboral del gremio cinematográfico y audiovisual.

La primera sesión tuvo como invitados a Tábata Vilar Villa, directora general de la Cámara Nacional de la Industria Cinematográfica (Canacine), y a Raúl del Alto, abogado especialista en propiedad intelectual y fundador de All Entertainment Abogados, quienes estuvieron acompañados por María Novaro Peñalosa, directora del Imcine, y el diputado Carlos Ortiz Tejeda, presidente de la Comisión de Cultura y Cinematografía de la Cámara de Diputados, entre otros funcionarios de la Secretaría de Cultura federal.

 

Reconocen los desafíos

“Dadas las reformas que se acaban de dar (en materia laboral), es una realidad que hay que formalizarse”, estimó Vilar Villa, y agregó que “la industria del cine tiene particularidades muy especiales que tienen que ver con la contratación que sucede por un tiempo para una obra determinada, lo cual hace complejo el registro ante el IMSS”.

Sin embargo, compartió que desde la Canacine ha habido acercamientos con dicho instituto para trazar rutas, una de ellas, un registro de trabajadores independientes que permita flexibilizar los tiempos y obligaciones en las aportaciones.

Por su parte, el abogado Raúl del Alto explicó que la figura más recurrida en la industria audiovisual, al menos hasta el año pasado, ha sido la de prestación de servicios profesionales independientes, es decir, “es una relación que va a estar regulada por la materia civil y de comercio, pero no por la materia laboral (...) y no porque no se quieran reconocer o se quieran perjudicar los derechos de cualquier individuo como trabajador, sino porque es lo que más ha convenido a los presupuestos”.

Ahora bien, el abogado reviró que el hecho de que exista un contrato bajo el esquema de prestación de servicios independientes no significa que este no pueda ser considerado como una relación laboral incluso si en el contrato se establece que la relación no es laboral, puesto que incluye una subordinación y un salario, dos términos estipulados en la Ley Federal del Trabajo para definir un empleo.

“En un mundo ideal estaría increíble reconocer todas las prestaciones laborales (en una producción), pero automáticamente subiría el costo del presupuesto entre un 35 y un 40%. Entonces, para poder dar trabajo, una producción tendría que buscar dinero un 40% arriba de lo que normalmente le costaría y podría estar mermando la oportunidad de trabajo de las personas que contrataba por prestación de servicios”, contrastó el abogado.

Subcontratación y sus interpretaciones

Por otro lado, Del Alto agregó que hay muchos ejemplos de relaciones laborales dentro la industria audiovisual que podrían considerarse como subcontratación y, por ende, ser sujetos de sanción. La contratación de empresas de servicios de transporte, seguridad o alimentación, indicó, podría considerarse como outsourcing, por lo que instó a revisar con minucia los contratos y condiciones legales en las que se encuentra la industria.

“El ejercicio que tenemos que hacer todos los que estamos involucrados en una producción audiovisual es hacer un análisis previo de cómo o qué esquema vamos a utilizar para la contratación de cada uno de los participantes de nuestra producción, cuáles sí podrían ser considerados como una práctica se subcontratación y cuáles no, y qué tenemos que hacer para que esto sea una mejor práctica”.

ricardo.quiroga@eleconomista.mx

rrg

Temas relacionados

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas