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Interrumpe SE comercio con Corea del Norte

La Secretaría de Economía (SE) prohibió la importación y exportación de mercancías a Corea, como parte de la medida establecida por la ONU para impedir que el país obtenga suministros para ensayos de armas nucleares.

La Secretaría de Economía (SE) publicó un acuerdo mediante el cual se prohibe la importación y exportación de las mercancías que tengan como salida y destino la República Popular Democrática de Corea.

En el Diario Oficial de la Federación, la dependencia explica que esta medida forma parte de los compromisos internacionales de mantener la seguridad y relaciones económicas globales.

Señala que conforme a la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el Consejo de Seguridad puede interrumpir de manera total o parcial las relaciones económicas llamadas "embargos" o "sanciones económicas".

Refiere que ese Consejo condenó el ensayo nuclear realizado por Corea el 12 de febrero pasado, que representó un reto para la labor internacional encaminada a fortalecer el régimen mundial de no proliferación de las armas nucleares, amenazando seriamente la paz y la estabilidad global.

De esta forma, añade, el Consejo de Seguridad decidió que las medidas para impedir el suministro, venta o transferencia directa o indirecta de artículos, materiales, equipos, bienes y tecnología a ese país también se aplicaran a los bienes listados en el Anexo III de la resolución 2094 (2013).

Así, entre las mercancías previstas en este acuerdo están rubíes, zafiros y esmeraldas; sujetadores ("broches") de plata, incluso revestida o chapada de otro metal precioso; perlas naturales o cultivadas, y piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sintéticas o reconstituidas).

Asimismo, perfiles de acero inoxidable de diversos espesores, y motociclos de tres y cuatro ruedas que presenten una dirección tipo automóvil, y motocicletas, excepto los ciclomotores o los velocípedos.

Además, tanques y demás vehículos automóviles blindados de combate, incluso con su armamento, y sus partes, y helicópteros y aeronaves para uso de las fuerzas armadas, para el transporte de tropas, para reconocimiento, bombardeo, caza o pelea.

De igual forma, aviones con motor a reacción, con peso en vacío igual o superior a 10,000 kilogramos, y paracaídas, incluidos los dirigibles, planeadores ("parapentes") o de aspas giratorias, sus partes y accesorios.

También están previstos simuladores de combate aéreo y sus partes; barcos de motor, excepto los de motor fuera de borda; binoculares (incluidos los prismáticos), y sables, espadas, bayonetas, lanzas y demás armas blancas, sus partes y fundas.

Según el acuerdo, que estará vigente a partir de mañana, estas mercancías están comprendidas en las fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

MFH

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