Buscar
Empresas

Lectura 6:00 min

Segob se adelantó al IFT en derechos de audiencias

La Segob informó una nueva reclasificación de contenidos audiovisuales en los que estableció que a partir del 4 de diciembre se podrán ver en la televisión las programaciones de clasificación B desde las cuatro de la tarde.

La Secretaría de Gobernación pudo haberse adelantado al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en la clasificación de contenidos audiovisuales, al publicar nuevos lineamientos que permitirán a las televisoras recorrer los horarios de contenidos para adolescentes y adultos a horas más tempranas del día, acción que vulnera los derechos de la audiencia infantil.

El miércoles, la Segob informó una nueva reclasificación de contenidos audiovisuales en los que estableció que a partir del 4 de diciembre se podrán ver en la televisión las programaciones de clasificación B desde las cuatro de la tarde, cuando la norma vigente estipula que este tipo de contenidos deben transmitirse después de las ocho de la noche.

De esta manera, la dependencia acortó cuatro horas los horarios en los que se obliga a las empresas de radiodifusión a transmitir contenidos más aptos para el público infantil, dijeron expertos, luego que en la programación de clasificación B, apta para personas de 12 años de edad en adelante, es permisible la exposición de escenas de violencia, de sexo implícito o de consumo de bebidas alcohólicas o tabaco.

NOTICIA: Sacarán comida chatarra de la TV en horario infantil

La Segob también adelantó de las nueve a las siete de la noche la transmisión de contenidos B15, en la que se permiten escenas de violencia física o la simulación de relaciones sexuales. Asimismo, la clasificación C se recorrió de las diez a las nueve de la noche.

En México existen las clasificaciones AA, A, B, B15, C y D con las se definen los niveles de contenidos a los que se expone la audiencia. Las clasificaciones A son aptas para todo público y enfocadas al público infantil.

De acuerdo con un estudio de marzo pasado del Instituto Federal de Telecomunicaciones, en México los niños miran televisión cuando menos 4 horas con 34 minutos por día y el horario en que más ven televisión va de las 13 a las 17 horas, aunque el IFT detectó que la audiencia infantil aún mira el televisor hasta las diez de la noche.

El regulador de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México se encuentra en un análisis de los horarios y de contenidos en los que se transmiten contenidos audiovisuales para determinar posibles lineamientos entre los que se proteja al público infantil y que se obligue a las televisoras a reforzar su programación con contenidos aptos para niños.

Sin embargo, la Segob obvió estas investigaciones del IFT y se adelantó en una reclasificación de horarios para la transmisión de contenidos, comentaron expertos.

NOTICIA: Publicidad infantil viola el derecho a la salud y a la información

La nueva clasificación de horarios se da en momentos en que en el Congreso se debaten los pro y contras de postergar el apagón analógico más allá del 31 de diciembre, como marca la Constitución.

De acuerdo con la industria de la radiodifusión, de concretarse el apagón analógico el 31 de diciembre alrededor de ocho millones de mexicanos perderían su acceso al servicio de televisión por no contar a tiempo con un equipo receptor de señales digitales de televisión como pueden ser un televisor o un decodificador. De ser así, las señales de televisión de todas las televisoras llegarían a una menor audiencia.

El IFT y la SCT perfilan que cinco millones de personas serían las afectadas si el apagón se da conforme la norma establecida previamente.

Una reclasificación de contenidos permitiría a las televisoras vender publicidad apta para públicos más adultos en horarios más tempranos y que a la fecha está dirigido al público infantil, con lo que podrían sopesar las posible pérdida de ingresos de llegar a una menor audiencia con el apagón analógico.

No sé si esta reclasificación puede entenderse como una moneda de cambio por el apagón analógico, que se haga el 31 de diciembre. Lo que sí me queda muy claro, que este problema ya lo habíamos previsto y tiene primero que ver con una antinomia entre la reforma y su ley secundaria, en una contradicción que tiene que ver con los derechos de las audiencias , consideró Aleida Calleja, coordinadora del Observatorio Latinoamericano de Regulación Medios y Convergencia.

El IFT es quien debe tutelar, pero la ley también reparte (atribuciones) a la Segob, entonces desde ahí viene la contradicción en preceptos constitucionales en lo que tiene que ver con derechos de audiencias. Ahora esta acción es una clara protección de los intereses de la industria de la radiodifusión y no creo que vayamos a ver una acción muy decidida del IFT en la contra , añadió la también ex presidenta de Amedi.

NOTICIA: Plaza Sésamo y sus efectos en el aprendizaje infantil

Para Gabriel Sosa Plata, académico de la UAM Xochimilco, la reclasificación de los horarios por la Segob es una falta de respeto a las audiencias. Y sumemos a esto el tema de la tv pública no digitalizada. Vivimos en la incertidumbre .

Según Aleida Calleja, la acción de la Secretaría de Gobernación puede ser derribada con un proceso legal que emprenda la sociedad civil, principalmente los organismos que ven por la protección de la infancia, porque ellos podrán demostrar un interés legítimo.

Y dado el caso, sería la Suprema Corte la última instancia quien podrá definir a qué autoridad corresponde resolver el tema de contenidos, si al IFT o la Segob, pero antes el proceso debería pasar por los tribunales especializados, comentó Aleida Calleja y añadió:

Puede que (la Segob) ya se adelantó y en lo que se define, ahora la carga legal de proceder nos la trasladan a la sociedad; los costos y el tiempo nos lo trasladan y mientras los niños ya perdieron .

nicolas.lucas@eleconomista.mx

mfh

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas

Suscríbete