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Sector Financiero

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IPAB hará públicas también sanciones a bancos

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) también publicará en su sitio de Internet las sanciones que imponga a los bancos por infracciones a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

El Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) también publicará en su sitio de Internet las sanciones que imponga a los bancos por infracciones a la Ley de Instituciones de Crédito y a la Ley de Protección al Ahorro Bancario.

Ayer, el organismo publicó en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos para ello, en atención a lo establecido en la reforma financiera.

Desde hace algunas semanas, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ya publica en su sitio de Internet las sanciones que impone a los bancos y a otros intermediarios financieros, lo cual puede realizar, siempre que considere que dichas sanciones son trascendentes, según se informó a principios de este mes.

En los lineamientos, el IPAB explica que las sanciones que se publiquen deberán contener, entre otra información: denominación de la institución infractora; el precepto infringido; y el tipo de sanción impuesta, especificando si corresponde a multa o amonestación.

Asimismo, la descripción de la conducta u omisión infractora y precisar si la sanción es considerada grave, así como si existe reincidencia; fecha de notificación del castigo, y el estado que guarda la resolución.

El Instituto, a más tardar el día 15 del mes siguiente o al día hábil siguiente si éste fuera inhábil, deberá actualizar la información que se da a conocer a través de su portal de Internet, incorporando las sanciones que se hayan impuesto durante el mes inmediato anterior.

Los lineamientos indican que el IPAB mantendrá la información relativa a las sanciones que publique por un lapso de al menos tres años.

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