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Sector Financiero

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SCJN valida el Impuesto ?a Depósitos en Efectivo

De esta manera, validó el cobro de 3% que, desde hace algunos años, se hace a los depósitos superiores a los 15,000 pesos en efectivo que se realizan en alguna institución financiera.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó cinco amparos que impugnaban el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

De esta manera, validó el cobro de 3% que, desde hace algunos años, se hace a los depósitos superiores a los 15,000 pesos en efectivo que se realizan en alguna institución financiera.

En sus argumentos, la Suprema Corte explicó que el aval al impuesto no se trata de una sanción hacia las personas, sino que es una forma de propiciar que los contribuyentes tributen correctamente respecto de la totalidad de sus ingresos.

Asimismo, agregó el máximo órgano judicial, dicho impuesto permite identificar a quienes deberían estar inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y no lo están, con el fin de que paguen, al menos, ese 3 por ciento.

A partir del impuesto en cuestión, se logrará gravar, cuando menos, un mínimo de ingresos que no son declarados ante las autoridades , expuso.

La SCJN también refirió que el IDE es una contribución que recae sobre una manifestación de riqueza que es el dinero en efectivo y no comprende la totalidad del patrimonio del contribuyente.

Destacó que dicho impuesto permite que el Estado tenga mayores recursos para desarrollar sus funciones públicas.

Fue en octubre del 2007, en el marco de la reforma fiscal, cuando el Congreso de la Unión aprobó la Ley del IDE que, grosso modo, gravaba 2% los depósitos superiores a 25,000 pesos.

En el 2009, hubo modificaciones a la ley y se redujo el monto sujeto a gravamen, de 25,000 a 15,000 pesos, aunque el impuesto subió de 2 a 3 por ciento.

Son todas las personas físicas y morales las obligadas al pago de este impuesto, cuando hagan depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, en cualquier tipo de cuenta que tengan en las instituciones del sistema financiero mexicano.

Han sido diversas las quejas e inconformidades hacia este impuesto desde su creación, pero la SCJN, hasta el momento, las ha validado. Los amparos que en esta ocasión desechó la Corte fueron: 111/2011, 147/2011, 250/2011, 273/2011 y 314/2011.

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