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Se privilegiaron los derechos de Grupo México y no de los trabajadores en la mina San Martín: USW

El Sindicato United Steelworkers dijo que la decisión del Panel Laboral es una muestra de que se privilegiaron los derechos de la empresa y no de los trabajadores.

Foto: Cuartoscuro

Para el gobierno de Estados Unidos, la decisión del Panel Laboral, en el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida del T-MEC, sólo permite que Grupo México continúe violando los derechos de negociación colectiva y libertad de asociación de los mineros de San Martín, tras rechazar que hay una denegación de derechos a los trabajadores. Así lo dijo la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, tras conocer, de manera oficial, el resultado del primer Panel Laboral que se instaló para dirimir la controversia con México en la denuncia que realizaron trabajadores mineros en contra de la mina de Grupo México, San Martín, ubicada en Zacatecas.

“Es a la vez sorprendente y decepcionante. Sin embargo, seguimos confiando en la promesa del MLRR para defender los derechos de los trabajadores. La administración Biden-Harris sigue firmemente comprometida a utilizar todas las herramientas disponibles bajo el T-MEC para buscar reparación de los problemas persistentes en San Martín y continuar brindando beneficios reales y tangibles a los trabajadores tanto en el país como en el extranjero”, expuso.

Destacó que “aunque la decisión del panel en San Martín no hizo justicia para los trabajadores de San Martín, seguimos firmes en nuestro compromiso de utilizar el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida para proteger la libertad de asociación y los derechos de negociación colectiva en México”.

Thea Lee, subsecretaria de Asuntos Internacionales, afirmó que "continuaremos colaborando con el gobierno de México en estos asuntos y estamos comprometidos a garantizar que los derechos de los trabajadores de San Martín estén protegidos por la ley". El pasado 26 de abril el gobierno de México informó que el panel había llegado a la conclusión de que las supuestas denegaciones de derechos no se presentaron conforme a las leyes laborales mexicanas necesarias para cumplir con las obligaciones laborales. “Por lo tanto, el panel concluyó que carecía de competencia para determinar si se produjo una denegación de derechos en la instalación”.

Asimismo, dieron a conocer que uno de los tres panelistas había relatado, por separado, que había evidencias que mostraban lo que parecía ser una negociación colectiva ilegal entre el empleador y un sindicato que no era el representante legal de los trabajadores mineros. El panelista expresó “preocupación por las implicaciones negativas de esta actividad para la libertad de asociación y los derechos de negociación colectiva de los trabajadores”.

Opiniones divididas

Especialistas mexicanos mantienen opiniones divididas sobre la defensa que realizó el gobierno de México, dado que hay evidencia de innumerables violaciones laborales en el caso de la Mina San Martín; no obstante, para el gobierno no puede aplicarse de manera retroactiva el T-MEC.

Para el abogado Pablo Franco, miembro de la Red ILAW, este caso ha sido una prueba importante para el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida. Obliga a que los socios comerciales definan claramente sus alcances. Destacó que “es opinable la aplicación del principio de prescripción puesto que independientemente de que la huelga haya iniciado antes de la vigencia del T-MEC, muchos de los hechos denunciados ocurrieron posteriormente”.

El Sindicato United Steelworkers dijo que la decisión es una muestra de que se privilegiaron los derechos de la empresa y no de los trabajadores.

pilar.martinez@eleconomista.mx

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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