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Capital Humano

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Crecen los casos de violencia y acoso laboral a través de medios electrónicos

Mensajes ofensivos, rumores en redes sociales y envío de fotos inapropiadas son algunas de las formas más frecuentes de mobbing a través de medios digitales. Estos comportamientos son también reconocidos como violencia y acoso laboral dentro del Convenio 190 de la OIT que ya está en vigor en México.

Ilustración EE: Nayelly Tenorio

Ilustración EE: Nayelly Tenorio

Con el avance de la digitalización, el mobbing también se trasladó al escenario virtual. De acuerdo con una encuesta de OCC Mundial, en el último año, tres de cada 10 personas aseguran haber sido víctimas de violencia laboral. Y no se trata ya sólo de eventos en entornos de trabajo presencial, también a través de medios electrónicos.

“El principal tipo de acoso es psicológico y viene por el sentido de superioridad de los jefes y modelos de liderazgo que no han evolucionado. Mientras no trabajemos por tener líderes más éticos y morales, se extenderá por el medio electrónico. La parte digital sólo extiende un problema más profundo”, opina Nora Taboada, fundadora de AFE-Liderazgo Consciente.

Los correos electrónicos, los programas de mensajería instantánea y las redes sociales son espacios frecuentes para la violencia laboral. Según la encuesta de OCC Mundial, el 58% de quienes han sido víctimas de estas prácticas ha experimentado estas situaciones nocivas a través de alguna de dichas vías.

“Con la pandemia, todas las formas de trabajar y de comunicarnos cambiaron, todas las conductas humanas posibles dentro del trabajo también se trasladaron, los mismos vicios y errores, y junto con ello, la violencia en el lugar de trabajo. Podríamos pensar que al no estar en un centro de trabajo, no habrá violencia laboral, pero eso no es así. Aún con modelos híbridos, la comunicación entre la gente es diaria y las bromas de tipo sexual y los chistes que se harían en oficinas continúan a través de Zoom o un grupo de WhatsApp”, apunta Fernando Senties, CEO de AMITAI.

¿Qué tipo de violencia laboral es la más común en medios digitales? Los encuestados por la plataforma de búsqueda de empleo mencionaron los siguientes:

  • Mensajes ofensivos por WhatsApp u otras aplicaciones similares
  • Rumores en redes sociales
  • Envío de fotos inapropiadas
  • Comentarios negativos en foros de discusión
  • Información humillante o insultos en sitios web
  • Correos electrónicos con información falsa

Para Nora Taboada, los comportamientos violentos a través de medios electrónicos se relacionan con “la falta de protocolos y barreras que le impiden a las personas denunciar”, se trata de culturas organizacionales, también presentes en el entorno virtual, que favorecen las jerarquías.

“Cuando esto ocurre, las personas no se atreven a denunciar, porque saben que no pasará nada, no hay una consecuencia para un mal comportamiento”, agrega.

Según la encuesta de OCC Mundial, el 36% de las personas ha sido testigo de algún acto de este tipo en contra de un compañero de trabajo en su actual o anterior empleo.

“El acoso en medios digitales afecta de la misma manera que el que se presenta en las oficinas”, afirma Fernando Senties. Estas conductas, agrega, están normalizadas en el mundo del trabajo, aunque cada vez hay mayor consciencia sobre la importancia de prevenirlas.

Y aunque la base de los protocolos para prevenir la violencia en el trabajo debiera ser la misma al trasladarlos al ambiente virtual, en el caso de los medios digitales “las acciones para evitarlo pueden cambiar”, señala el especialista.

Desde la perspectiva de Nora Taboada, la violencia laboral en los medios digitales también es un reflejo de la percepción que se tiene de estos espacios a nivel social: libertad para opinar. “En el entorno digital vivimos en un espacio de opiniones y no de conocimiento. Tenemos un foro abierto para opinar y no necesariamente cuidamos lo que decimos para que sea algo positivo, entonces, se filtra mucha basura y esto se va también al mundo laboral”.

Convenio 190 de la OIT, un rayo de luz

En julio de este año entró en vigor en México el Convenio 190 sobre violencia y acoso en el trabajo. Ahora nuestro país debe armonizar su legislación para alinearlo a la norma internacional.

Este instrumento de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) define la violencia y el acoso como “un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género”.

Este instrumento reconoce que la violencia y el acoso laboral no se limitan sólo al espacio físico de trabajo, también pueden manifestarse en medios de comunicación relacionados con el empleo, incluyendo tecnologías de la información, como correo electrónico o programas de mensajería como WhatsApp o Telegram, por citar algunos casos.

De acuerdo con la encuesta de OCC Mundial, el 41% de las empresas no cuenta con acciones para prevenir el acoso laboral, sin importar si se presenta en el centro de trabajo o en los ambientes virtuales.

De cara a la armonización de la legislación laboral con el Convenio 190, Fernando Senties subraya que las empresas deben garantizar contar con “sistemas de denuncia efectivos”.

Las personas, agrega, no denuncian por “temor a represalias, porque perciben que la empresa no hace nada o porque no existen canales de denuncia. Es importante que las empresas cuenten con canales y políticas para darle seguimiento a los reportes, y una política muy importante es la de protección al denunciante”.

Periodista especializado en políticas laborales, indicadores de empleo, futuro del trabajo, desarrollo de carrera, recursos humanos y salud laboral. Actualmente es editor de Capital Humano.

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