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Sedatu homologa criterios para definir la "habitabilidad de la vivienda"

La dependencia publicó una NOM para unificar la definición para todos los organismos nacionales dedicados a la atención habitacional   

Foto: Shutterstock

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Quien pretenda adquirir una casa con un crédito de un organismo público, sea federal o estatal, debe presentar un dictamen de habitabilidad de vivienda, criterio que ha sido recientemente homologado para las instituciones públicas dedicadas a dar esta atención, tras una reciente publicación de una Norma Oficial Mexicana (NOM).   

Hace algunos días, la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la NOM-007-SEDATU-2024 Habitabilidad de Vivienda, que establece los criterios y reglas generales para llevar a cabo dictámenes para cualquier hogar que pretenda ser adquirido vía crédito o subsidio de una entidad gubernamental.   

"Este proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los criterios y reglas generales para llevar a cabo la emisión de Dictámenes de Habitabilidad para cualquier vivienda que sea objeto de créditos garantizados a la vivienda, así como para aquella que haya sido objeto del otorgamiento de subsidios y/o apoyos otorgados por entidades gubernamentales", se puede leer en el documento publicado en el DOF.   

Según la publicación, los dictámenes de habitabilidad son importantes ya que contribuyen al sano desarrollo rural y urbano, además de que sirven de base para la toma de decisiones informadas para los acreditados en operaciones de compraventa de inmuebles.   

Definición   

Hace algunos días, Carlos Martínez Velázquez, director general del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), indicó que el tema de la habitabilidad de la vivienda responde a los compromisos internacionales que tiene México para garantizar el acceso a un hogar adecuado.   

"Hay componentes y objetivos concretos sobre la habitabilidad de la vivienda, que tienen que ver no solo con que, por ejemplo, no esté en una zona de riesgo inundable, sino que tenga dentro de la vivienda, elementos que permitan que no tenga humedades... una serie de condiciones técnicas que tienen que ver con la habitabilidad de la vivienda", detalló Martínez Velázquez.   

Según el criterio de ONU-Hábitat, la habitabilidad de una vivienda se define de la siguiente forma:   

"Son las condiciones que garantizan la seguridad física de sus habitantes y les proporcionan un espacio habitable suficiente, así como protección contra el frío, la humedad, el calor, la lluvia, el viento u otros riesgos para la salud y peligros estructurales".   

De acuerdo con el director del Infonavit, esta norma fue un acuerdo que se planteó desde hace más de un año en el Consejo Nacional de Vivienda. "Teníamos estándares distintos de verificación y sobre lo que se entendía por qué es una vivienda habitable".   

Dentro de los lineamientos establecidos en dicha NOM, destacan los siguientes:   

  • El dictamen de habitabilidad de vivienda solo podrá ser emitido por un prestador de servicio de inspección de vivienda certificado por un organismo de certificación que evalúe el cumplimiento de la presente NOM.   
  • El prestador de servicio de inspección de vivienda certificado deberá estar publicado en el portal de la Sedatu.   
  • El prestador de servicio de inspección de vivienda ofrecerá el servicio de acuerdo con el tipo y cobertura definida en su certificado en cumplimiento con lo establecido.   
  • El prestador de servicio de inspección de vivienda deberá tener a la vista y poner a disposición del usuario mecanismos de fácil consulta para comunicar sus coberturas, el costo del servicio, la documentación requerida para la elaboración del dictamen y los niveles de servicio para la entrega de éste.   
  • El costo del servicio estará determinado en función de la oferta y demanda del servicio en el mercado sin que éste rebase un monto máximo (por definir).   
  • El dictamen de habitabilidad de la vivienda se emitirá para la vivienda terminada y será de observancia obligatoria para los organismos nacionales de vivienda, los organismos estatales de vivienda, los institutos de vivienda y entidades gubernamentales que otorguen crédito garantizado o que hayan otorgado un apoyo y/o subsidio.   
  • El resultado de la inspección será un dictamen de habitabilidad de la vivienda. El costo del servicio estará determinado en función de la oferta y la demanda del servicio del mercado sin que éste rebase un monto máximo de 10 UMAS diarias.  

La NOM entrará en vigor, 180 días después del pasado 27 de febrero, fecha en la que se publicó el documento en el DOF.  

Fernando Gutiérrez es editor de EconoHábitat

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