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La AMF manifiesta su desacuerdo por modificaciones a ley ferroviaria en el Senado
La Asociación Mexicana de Ferrocarriles advirtió que la modificación a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario genera incertidumbre y ocasiona que se discrimine al sector ferroviario respecto de otros modos de transporte al imponer sobrerregulaciones y cargas administrativas.
La Asociación Mexicana de Ferrocarriles (AMF) manifestó su inconformidad por la modificación a la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario aprobada este jueves en el Senado de la República y enviada a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales, porque “violenta diversos principios consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y transgrede diversos tratados internacionales de los que México es parte”.
Además, genera incertidumbre y ocasiona que se discrimine al sector ferroviario respecto de otros modos de transporte al imponer sobrerregulaciones y cargas administrativas, entre otros aspectos, generan preocupación a empresas como Ferromex y Kansas City Southern de México.
En un comunicado de prensa (que no está firmado por ninguna persona), se refiere que las empresas afiliadas mantienen plena disposición para presentar información y argumentos objetivos sobre los preceptos modificados con las personas involucradas en beneficio del desarrollo económico y el bienestar del país.
La AMF sintetizó en cinco puntos su desacuerdo con el ajuste realizado a la ley en el Senado de la República:
- Modificar el tiempo de la renovación de la concesión. Esta modificación a la Ley pretende modificar el término de la renovación de las concesiones ferroviarias de 50 a 35 años, lo cual vulnera derechos adquiridos y contraviene el Artículo 14 de la Constitución con efectos expropiatorios. Esto daña la certeza jurídica, afecta severamente las inversiones realizadas en el sector e inhibe nuevas, con un fuerte impacto negativo para la modernización de la industria y con ello, para la economía de México.
- Control de precios. Se cancela arbitrariamente la libertad para fijar tarifas, limitando su registro a cada dos años y previa opinión de conveniencia que la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF) emitiría de manera discrecional. Ello transgrede el Estado de Derecho, invade facultades de la autoridad competente de acuerdo con la Constitución e ignora el hecho de que actualmente las tarifas del transporte ferroviario mexicano se ubican entre las más competitivas a nivel mundial.
- Multas inconstitucionales. Se busca imponer multas excesivas, discrecionales y desproporcionadas respecto de la conducta sancionada y el bien jurídico afectado, lo que violenta el Artículo 22 Constitucional y con ello la seguridad jurídica de los gobernados.
- Conflicto de atribuciones. Se convierte a la ARTF en juez y parte invadiendo el ámbito de atribuciones de otras autoridades en materia de competencia económica, toda vez que con meros “indicios” podrá determinar que no existe competencia efectiva, lo cual contraviene el Art. 28 Constitucional.
- Sobre regulación. Se discrimina al sector ferroviario respecto de otros modos de transporte al imponer sobrerregulaciones y cargas administrativas por parte de la ARTF, lo que hace más grande e injustificada la brecha regulatoria del ferrocarril frente al autotransporte.
kg