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Economía

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Gobierno dejó de recaudar más de 27,000 mdp por estímulos al RIF

Desde su creación, en el 2014, han dejado de entrar $104,600 millones, lo que ha ingresado suma $17,600 millones.

Foto EE: ArchivoECONOMISTA, Copyright 1999 Adobe Systems Incorporated

En el 2017, el gobierno federal dejó de recaudar 27,107 millones de pesos por los estímulos fiscales que se le otorgaron al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

De acuerdo con el Informe Tributario y de Gestión correspondiente al último trimestre del 2017, de los 33,769 millones de pesos que se debieron recaudar por el RIF, sólo ingresaron a las arcas del gobierno 6,662 millones, es decir, este régimen costó cuatro veces más de lo que recaudó.

El gobierno otorgó un estímulo fiscal por 27,107 millones de pesos, de los cuales 19,190 millones fueron por concepto de Impuesto Sobre la Renta; 7,553 millones por el Impuesto al Valor Agregado y 363 millones por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

No obstante, debido a la dinámica que maneja este régimen, en el 2017 los estímulos fiscales que se le otorgaron disminuyeron 11.9% respecto al año anterior, mientras que la recaudación creció 18 por ciento.

El RIF, que entró en vigor con la reforma hacendaria del 2014, es un régimen en donde las personas físicas que realizan actividades empresariales pueden tener condonaciones en el pago de sus impuestos a lo largo de 10 años.

Durante el primer año de adhesión a este régimen, se le condona al contribuyente 100% de sus impuestos; mientras que en el segundo año, 90%; en el tercero, 80%; en el cuarto, 70%, y así sucesivamente hasta que en el año 11 se deba pagar sin algún beneficio.

En total, desde la creación del RIF, el gobierno ha dejado de recaudar 104,600 millones de pesos por los estímulos fiscales que se le conceden a dicho régimen, mientras que la recaudación apenas ha sido por 17,600 millones de pesos.

Mal Aprovechados

A decir de Herbert Bettinger, experto fiscal, si bien la idea del RIF es llamativa, éste no se ha aplicado de manera correcta, ya que al final los que pagan el estímulo y los subsidios que se otorgan son otros contribuyentes.

Recordó que con la adhesión de los contribuyentes al RIF éstos pueden acceder al Instituto Mexicano del Seguro Social para estar asegurados no sólo ellos, sino también sus familiares y también podrán acceder a créditos del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

“El RIF es un régimen caro por el estímulo que establece (...) el proceso creado es correcto; sin embargo, se le ha dicho a la autoridad que 10 años son demasiados porque en este tiempo muchas cosas pueden pasar y es posible que nunca se cristalice que ese contribuyente se vuelva, efectivamente, un pagador de impuestos normal”, acotó.

Si bien destacó que el régimen ha sido positivo, no se ha explotado bien y, para sacarle un mejor provecho, la autoridad necesita recortar los años de estímulos a máximo seis, mientras que el sector privado, al momento de contratar y saber que el contribuyente es un informal, debe incorporarlo al RIF.

MEJORA LA FISCALIZACIÓN DEL SAT

Por su parte, Manuel Baltazar Mancilla, integrante de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, precisó que si bien el RIF no ha podido combatir adecuadamente la informalidad, sí ayuda al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para que tenga una mejor fiscalización.

“Al final, los contribuyentes inscritos en el RIF podrán salir de éste; sin embargo, hay que tener en la mira que sus RFC van a quedar registrados en el padrón de contribuyentes, del cual ya no se pueden borrar”, explicó.

De esta manera, añadió, el SAT podrá tener un poco de conocimiento acerca de si el contribuyente realiza o no transacciones, a pesar de que ya se encuentre fuera del RIF, además de que será más fácil contactarse con él.

“La autoridad fiscal, para que pueda ejercer sus facultades, requiere contar con un domicilio donde notificar el contribuyente para poder ejercer sus actos de fiscalización. El detalle con la inscripción al RIF es que ya tiene esos datos, entonces, aunque una persona presente un aviso de suspensión de actividades, la autoridad podrá tener los datos necesarios para ejercer una fiscalización”, explicó.

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