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México rechaza queja laboral. No hay injerencia de la empresa Yazaki en procesos sindicales 

Esta es la segunda ocasión que México rechaza una queja por violación a la libertad sindical y contratación colectiva; la primera fue la que se presentó el 17 de junio en contra de Grupo México en la mina de San Martín.

Foto: Especial

México rechazó la queja laboral que presentó el gobierno de Estados Unidos por presuntas violaciones en la empresa de autopartes Yazaki, al considerar que “no existen pruebas sustanciales de una injerencia patronal o denegación de derechos a la libertad sindical y negociación colectiva por parte de la empresa”. 

Esta es la segunda ocasión que México rechaza una queja por violación a la libertad sindical y contratación colectiva; la primera fue la que se presentó el 17 de junio en contra de Grupo México en la mina de San Martín.

Al respecto, Tereso Medina, líder del Sindicato “Miguel Trujillo”, dijo que “se siguieron los procedimientos y se demostró que no existen violaciones a los derechos laborales, menos aún la injerencia de la empresa”.

El pasado viernes las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión (STPS) notificaron al gobierno de Estados Unidos que el gobierno de México “no llevará a cabo la revisión antes mencionada dado que la STPS y el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL), determinaron que no existen pruebas sustanciales de una injerencia patronal o denegación de derechos a la libertad sindical y negociación colectiva por parte de la empresa”. 

Esta decisión se tomó, dijo la STPS, derivada de una verificación, una resolución de inconformidad y un informe sobre la consulta que realizó este año la autoridad laboral para la legitimación del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) en dicha instalación en León, Guanajuato. 

“Lo anterior fue comunicado al Gobierno de Estados Unidos previamente al envío de su solicitud de revisión”. 

A partir de esta notificación si el gobierno de Estados Unidos no están de acuerdo, existe la posibilidad de que se instale un panel a fin de hallar una solución y se determine si se denegaron derechos. 

Si el panel determina que se denegaron derechos, o que no se cumplió un plan, el gobierno de los Estados Unidos puede suprimir algunos o todos los beneficios comerciales vinculados con los productos que ingresan a los Estados Unidos desde el lugar de trabajo en cuestión..

Con esta queja, el gobierno de México dio respuesta a 12 quejas que han investigado ante la demanda de los trabajadores en Estados Unidos mediante el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRP).

Al respecto, la STPS destacó que “el gobierno de México reitera su compromiso en aplicar en forma efectiva la legislación laboral, así como las disposiciones en la materia establecidas en el T-MEC, garantizando con ello el cumplimiento y protección de los derechos colectivos de las personas trabajadoras del país”.

Por su parte, el dirigente sindical destacó Medina Ramírez resaltó que desde la entrada en vigor de la reforma laboral de 2019, “tenemos a los trabajadores en el centro de la mesa para que ellos decidan con el voto libre, personal, secreto y directo si aceptan o no una negociación colectiva y decidan de con la misma forma democrática, si aceptan o no el actual contrato colectivo; es un hecho que debemos estar preparados y así se ha demostrado”.

Recordó que el contrato colectivo de trabajo con la empresa japonesa Yazaki se legitimó el pasado mes de abril, en donde el Sindicato “Miguel Trujillo” obtuvo 1,295 votos de sus 2,805 trabajadores, lo que permite mantener el liderazgo y terminar con las “intenciones injerencistas” de modificar la decisión de la mayoría de los trabajadores.

rrg

Pilar Martínez es reportera de Empresas y Negocios.

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