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Capital Humano

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Avanza creación de licencia laboral por duelo y cuidado de familiares enfermos

La Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara Baja aprobó un dictamen de reforma a la LFT para garantizar una licencia de hasta tres días para personas con un empleo en el sector privado y que necesiten ausentarse ante el deceso o cuidado hospitalario de familiares directos.

Foto: Especial

Foto: EspecialShutterstock

Un proyecto de reforma legal para crear el permiso laboral con goce de sueldo ante el fallecimiento o el cuidado de familiares enfermos pasó su primer trámite en la Cámara de Diputados y, aunque faltan varios pasos en el proceso legislativo para que sea una realidad, en la primera fase no encontró oposición.

Por unanimidad, la Comisión del Trabajo y Previsión Social de la Cámara Baja aprobó un dictamen que propone conceder a las trabajadoras y los trabajadores una licencia laboral de hasta tres días por el fallecimiento, internamiento hospitalario por enfermedad o intervención quirúrgica de su padre, madre, hijos, cónyuge o concubino o concubina.

De ser aprobada esta reforma al artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) por el pleno de ambas cámaras, las empresas estarán obligadas a otorgar dicho permiso a su personal sin descontarle un solo día de salario.

El proyecto fue presentado por el diputado Manuel Baldenebro, quien preside la Comisión del Trabajo, y el diputado Raymundo Atanacio Luna, ambos del Grupo Parlamentario de Morena.

El artículo 132 de la LFT establece las obligaciones de las empresas y personas empleadoras. En lo referente a permisos con goce de sueldo, actualmente contempla aquellos para desempeñar responsabilidades sindicales, así como la licencia de paternidad, que es apenas de cinco días laborables.

El pleno de la Comisión del Trabajo aprobó este dictamen, pues “incrementa la tutela de los derechos humanos de las y los trabajadores y de sus familias, tomando en consideración las afectaciones a la salud ante las situaciones de fallecimiento, internamiento por enfermedad o intervención quirúrgica de un ser querido”.

Ausencia por causas de fuerza mayor

La iniciativa de los diputados Manuel Baldenebro y Raymundo Atanacio se sustenta en las “causas de fuerza mayor”. Es decir, las circunstancias imprevisibles e inevitables “que alteran las condiciones de una obligación”.

En la vida cotidiana hay una diversidad de situaciones individuales o familiares que requieren atención, “las cuales para efectos laborales son consideradas de fuerza mayor, entendiendo por tal circunstancia todo acontecimiento que física o moralmente impida al trabajador asistir o presentarse con puntualidad a sus labores”, señalan los legisladores en la exposición de motivos del proyecto.

El fallecimiento de un familiar cercano es una de esas circunstancias que moralmente, como lo señalan los diputados, impide atender el trabajo. Y generalmente, se puntualiza en el documento, los contratos colectivos de trabajo (CCT) tienen previstas licencias por este tipo de circunstancias.

Pero eso sólo pasa en los centros laborales donde el personal está organizado en un sindicato, que son muy pocos en México. Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), apenas el 12.7% de las personas trabajadoras está sindicalizada.

El resto de la población trabajadora, el 87.3%, está a expensas de si en su empleo tienen la suficiente sensibilidad para permitirle faltar al trabajo en un momento tan difícil como la muerte de un familiar y sin descontarles el día.

“Es clara la importancia de la necesidad de atención y regulación en la Ley Federal del Trabajo para que las personas trabajadoras cuenten con los permisos necesarios para atender condiciones relacionadas con salud o situaciones de su entorno familiar dependiente, el cual, al verse alterado podría provocar estrés, baja productividad, riesgos de sufrir algún accidente en el trabajo, entre otras situaciones”, señalan los diputados.

Una pieza más en el trabajo de cuidados

Aunque el proyecto no señala su importancia para el trabajo del hogar y de cuidados, esta reforma se podría convertir en una política en esta materia.

En México, en casi 30.3 millones de hogares hay al menos una persona que requiere de apoyo o cuidados, de acuerdo con la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (Enasic).

Además, 31.7 millones de personas mayores de 15 años brindan cuidados a integrantes de su hogar o de otros hogares, de dicha población, 75% es mujer y 25% es hombre.

“La próxima revolución feminista es repensar, replantear y reorganizar los cuidados”, señaló Nadine Gasman, presidenta del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), cuando en 2020 la Cámara de Diputados organizó una serie de audiencias públicas en las que se escucharon propuestas para crear un sistema nacional de cuidados.

Desde ese año y en ese órgano legislativo fue aprobada una reforma constitucional para reconocer el derecho a cuidar y recibir cuidado. También mandata la creación de la ley del sistema nacional de cuidados. El proyecto está congelado en el Senado de la República desde finales de 2020.

Dicho sistema es una red de políticas públicas y empresariales, legislaciones e inmuebles dedicados a cuidar personas en todas las fases de su vida y ayudar a que las personas puedan cuidar de otras personas.

En el sistema debe participar el Estado, las empresas y las familias. Sin embargo, hasta ahora el trabajo de cuidados ha sido endosado a las mujeres. Mientras que el 74% de los hombres en edad de laborar tiene un empleo o una ocupación que les genera ingresos, apenas el 45% de las mujeres han podido acceder al mercado laboral, según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE).

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