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Capital Humano

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Reducción de la jornada de trabajo, momento para hablar de productividad

Una eventual reforma para reducir la jornada de trabajo en México debería venir acompañada de una revisión del tema de la productividad en la LFT. Abordar únicamente el primer aspecto representaría una oportunidad perdida para rediseñar un tema tabú en la legislación laboral mexicana: la productividad misma.

Foto EE: Blanca Juárez

Foto EE: Blanca Juárez

Hace unos días, el Congreso de Chile aprobó reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas. Con dicho cambio, se convierten automáticamente en el país latinoamericano con la jornada laboral más reducida, compitiendo únicamente con Ecuador. Con dicho precedente pareciera regresar, con más fuerza que nunca, la discusión legislativa para reducir la jornada laboral en México. Se trata, en efecto, de un debate pertinente y urgente.

Es cierto que México es uno de los países de la OCDE que más horas promedio trabaja al año. Y, además, no podemos ignorar que el trabajo en México y el mundo se ha transformado aceleradamente de la mano de las tecnologías de la información y con la pandemia de por medio.  Así las cosas, hoy en día ya se conocen iniciativas en el Senado y la Cámara de Diputados que pretenden reducir la jornada de trabajo de 48 horas semanales en nuestro país.

Ahora bien, con independencia de que debe celebrarse el acelerado debate laboral de nuestros tiempos, la potencial reducción en el concepto de jornada de trabajo debe analizarse con extremo cuidado y sin olvidar algunos temas conceptuales que resultan fundamentales en su entendimiento.

En primer lugar, debe mantenerse en mente que la jornada de trabajo, a la luz de la Ley Federal del Trabajo, se encuentra regulada como un “máximo” y no como un “mínimo”. En otras palabras, en México se trabajan hasta 48 horas a la semana y no así, mínimo 48 horas a la semana. Esta lógica de distribución permite que, a través del diálogo social, las partes puedan pactar cualquier jornada por debajo de las 48 horas a la semana. En sentido contrario, cuando se exceden los máximos de ley, se computan las reglas de tiempo extra previstas en la misma legislación.

Los temas anteriores son de relevancia, toda vez que la mayoría de los conceptos legales laborales de la ley de la materia, se encuentran en una lógica de “mínimos”. De esta forma, tenemos un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo al año, mínimo 12 días de vacaciones el primer año, mínimo 25% sobre el salario de los días de vacaciones por concepto de prima vacacional, y así entre otros beneficios. Precisamente, el concepto de jornada es el que rompe esta lógica estableciéndose como un máximo. De forma que, inclusive si no existiera reforma alguna que redujera la jornada semanal de 48 horas, las partes de la relación laboral perfectamente pueden pactar una jornada menor a 48 horas.

Por otra parte, y si bien es cierto que México es uno de los países que más horas trabaja al día, también es cierto que nuestro país ocupa uno de los últimos lugares de productividad en los indicadores de OCDE. Dicha falta de productividad podría relacionarse, de manera natural, con la cantidad de horas que se trabajan al día. Si bien, como ya se comentó, se pueden pactar jornadas reducidas desde mucho tiempo atrás, es cierto que proporcionalmente son pocas las empresas que las implementan de manera exitosa.

Con este panorama de por medio, en opinión del suscrito, una eventual reforma que reduzca la jornada laboral semanal de 48 horas debería ir necesariamente aparejada de una revisión del capítulo de productividad en la Ley Federal del Trabajo. Reformar nuestra ley laboral solamente en lo tocante a la jornada, representaría la pérdida de una oportunidad importantísima para rediseñar un tema tabú en la legislación laboral mexicana, como resulta la productividad misma.

Se trata de un tema que fue legislado por primera ocasión en el año 2012, a través de aquella reforma que fuera tildada de “patronal”. Con anterioridad a dicha reforma, el término “productividad” aparecía únicamente tres veces en toda la Ley Federal del Trabajo.

Creo que podremos coincidir en que trabajo y productividad deberían ser dos conceptos que tuvieran relación prácticamente de manera natural. Sin embargo, nuestro país se ha resistido históricamente a dicho planteamiento, privilegiando la antigüedad sobre la productividad y argumentando lo complejo que pudiera resultar la medición de un concepto que pudiera prestarse a cierta subjetividad.

No podemos esconder que la medición de la productividad es un tema complejo. Sin embargo, eso no puede ser pretexto para no involucrarse en uno de los pendientes más críticos del mercado laboral mexicano. Nuestro país cuenta con mano de obra calificada y con gente trabajadora, por lo que resulta casi inverosímil que tengamos tan malos indicadores de productividad.

Bienvenida la discusión para obtener jornadas de trabajo más justas y que permitan a las personas trabajadoras tener una mejor calidad de vida y mejor salud en el trabajo. Demos la bienvenida también a la discusión sobre cómo acelerar la productividad en las empresas, potenciando los ingresos de las personas trabajadoras y las utilidades en las empresas.

Jornadas de trabajo reducidas y mayor productividad. Que no se entienda una sin la otra.

Socio Director y fundador de Ferran Martínez Abogados, especializado en consultoría laboral, reestructuras laborales, cumplimiento normativo, litigio, terminaciones de alto riesgo, negociaciones colectivas y elaboración de planes de incentivos para ejecutivos de alto nivel. Es coordinador de la Comisión de Derecho Laboral del Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México y presidente de la Comisión Nacional de Compliance. Profesor invitado en diversas universidades y capacitador de la reforma laboral para los Poderes Judiciales del Estados de México, Campeche, Morelos, Hidalgo, Querétaro, Guanajuato y Baja California, entre otros.

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