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Capital Humano

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IP analiza amparo por aval a Convenio 98

El Convenio 98 de la OIT plantea el establecimiento de garantías de respeto a la libre sindicación y negociación colectiva.

Luego de que el Senado de la República aprobara por unanimidad el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el sector comercio, servicios y turismo de México analiza interponer un juicio de amparo por violación a las reglas de procedimiento legislativo, donde la consulta de los involucrados (patrones y obreros) es “obligatoria”, previo al aval de cualquier legislación.

Enrique Octavio García Méndez, vicepresidente de Asuntos Jurídicos de la Confederación de Cámaras Nacionales de Comercio, Servicios y Turismo (Concanaco-Servytur) acusó que el Senado, donde prevalece la mayoría de Morena, “no, nos envió ningún tipo de consulta”.

Entrevistado por El Economista, el especialista en temas laborales expresó que en los próximos días comenzará la consulta entre los agremiados de la Concanaco sobre afectaciones que tendrán los empresarios.

El argumento del amparo estará justificado por la ausencia de la consulta efectiva a los factores de la producción, tal como se establece en el artículo 144 de la OIT, que suscribió México en el año 1976, con el objeto de que, cuando se tomaran acciones de naturaleza laboral, se llevarán a cabo procedimientos que aseguraran las consultas efectivas entre los representantes del gobierno y los empleadores.

El abogado laboralista y padre de la futura secretaria de Trabajo y previsión Social, Luis Alcalde, niega la anterior y afirma que estas consultas con el sector privado se hicieron en 2015 cuando el gobierno de Enrique Peña Nieto envió la propuesta al Senado. 

El Convenio 98 de la OIT, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, según los senadores tiene el propósito de eliminar los contratos de protección al patrón; sin embargo, el representante legal de la Concanaco respondió: “En todo lo que sea en favor de la transparencia y equidad, no podemos estar en contra”.

La afiliación a un sindicato es lo que le compete al trabajador, dijo García Méndez, y estamos totalmente de acuerdo. “Como empleadores no podemos tener injerencias en decidir o influir en la decisión de un trabajador si se quiere afiliar a un sindicato”.

“Vamos a analizar si vamos a emprender una ejercer una acción en contra de esta ratificación o no. No hemos decidido. Es importante tomar en cuenta ciertas violaciones”, acotó Octavio García.

Con información de María Pilar Martínez.

lgonzalez@eleconomista.com.mx

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