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6 claves de la NOM-036, la norma de ergonomía que ya es obligatoria para las empresas
Al menos cuatro de cada 10 enfermedades de trabajo se relacionan con trastornos musculo-esqueléticos. En una década, estos padecimientos laborales crecieron más 3,000% y se han posicionado como una de las principales afectaciones a la salud de los trabajadores.
La primera fase de la NOM-036 de factores de riesgos ergonómicos ya está vigente y es obligatoria desde este mes para todos los centros de trabajo del país con actividades de manejo manual de cargas frecuentes (más de una vez al día) y en los cuales, las cargas superen los tres kilos.
Esta norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en 2018, pero debido a la pandemia de Covid-19 y a petición del sector empresarial, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) otorgó una prórroga para que las empresas adecuaran sus procesos, a partir del 31 marzo pasado venció dicho plazo y la regulación entró en vigor.
El objetivo de la NOM-036 es la prevención de riesgos ergonómicos y alteraciones en la salud derivados del manejo manual de cargas, el cual es definido como “la actividad que desarrolla uno o varios trabajadores para levantar, bajar, empujar, jalar, transportar y/o estibar materiales, empleando su fuerza física utilizando o no equipo auxiliar”.
Los trastornos músculo-esqueléticos y la fatiga por sobre esfuerzo físico, son algunas consecuencias de un manejo inadecuado de cargas que la regulación busca prevenir a través de obligaciones para las empresas y los trabajadores.
Estas son las claves para entender el nuevo marco regulatorio:
» 1. Análisis de factores de riesgos ergonómicos
Una de las nuevas obligaciones para los empleadores, es analizar los factores de riesgos ergonómicos relacionadas a las actividades de carga que se realizan de manera manual.
Este análisis contempla lo siguiente:
- Identificación de los trabajos expuestos a factores de riesgo ergonómicos
- Estimación simple del nivel de riesgo o evaluación rápida de las actividades identificadas
- Cuando la evaluación rápida no permita conocer el nivel de riesgo, los centros de trabajo deberán aplicar una evaluación específica.
» 2. Nuevas obligaciones para empresas
Además del análisis de las actividades y los riesgos ergonómicos, los empleadores tienen la obligación de adoptar medidas para reducir o eliminar estos riesgos y vigilar a los trabajadores ocupacionalmente expuestos, este monitoreo lo deberá efectuar un especialista en medicina del trabajo y deberá considerar por lo menos exámenes médicos iniciales y posteriormente, focalizados a la actividad del empleado; así como acciones preventivas.
Entre las nuevas reglas, los centros de trabajo también estarán obligados a informar a su fuerza laboral sobre las posibles afectaciones a la salud por las actividades que realizan, y proporcionar capacitación sobre los procedimientos de seguridad.
» 3. ¿Quiénes pueden desarrollar las actividades?
De acuerdo con la norma, el manejo manual de carga sólo puede ser desarrollado por trabajadores que tengan la capacidad física y avalada por un médico o una institución de seguridad social o privada.
Por otra parte, la regulación prohíbe que las mujeres en estado de gestación o dentro de las 10 semanas posteriores al parte, ejecuten tareas que impliquen cargar más de 10 kilos, posturas forzadas, o con movimientos repetitivos por períodos prolongados, que impliquen esfuerzo abdominal o de miembros inferiores.
» 4. Procedimiento de seguridad
Como medida general de prevención, la regulación señala que en los centros de trabajo se deberá contar con un procedimiento de seguridad para el manejo manual de cargas, este mecanismo debe contener por lo menos:
- Descripción de la técnica adecuada para realizar las actividades de forma segura
- Las medidas de seguridad y, en su caso, de control que se deberán aplicar en el desarrollo las actividades
- Las características de la carga, por ejemplo, dimensiones, agarre, forma, peso, estabilidad
- Las condiciones del ambiente que puedan incrementar el esfuerzo del trabajador y generar una situación de peligro
- La trayectoria para el transporte de las cargas
- Las características de materiales que se manejen
» 5. Obligaciones para los trabajadores
La NOM-036 no sólo establece obligaciones para las empresas, también contiene una serie de responsabilidades para las personas trabajadoras, estas son:
- Observar las medidas de prevención y control, así como los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro contenidas en la norma
- Dar aviso de inmediato al patrón sobre las condiciones inseguras que identifiquen durante el desarrollo de las actividades
- Mantener ordenados, limpios y libres de obstáculos sus lugares de trabajo y áreas comunes
- Desempeñar su trabajo de manera segura
- Participar en la capacitación y eventos de información que proporcione el centro de trabajo
- Informar al patrón sobre las afectaciones a su salud o sus posibles limitaciones para la realización de sus tareas
- Cumplir con someterse a los exámenes médicos que determinan la norma o el médico del trabajo de la empresa.
» 6. Una de tres regulaciones
La NOM 036 de manejo manual de carga es sólo la primera fase de una regulación integral para prevenir problemas ergonómicos. La Secretaría del Trabajo debe desarrollar la segunda y tercera parte de la normativa; la segunda fase se enfocará en la identificación, prevención y seguimiento de los factores de riesgos ergonómicos, y en una tercera etapa -aunque aún se desconoce- el proyecto presentado en 2018 indica que tendrá un enfoque en los accidentes y enfermedades derivadas de las posturas forzadas.
Trastornos músculo-esqueléticos, un problema real
Los últimos datos disponibles del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) indican que de todas las enfermedades de trabajo registradas en 2022 (sin contar los casos de Covid-19 que distorsionaron la cifra) el 42% de los padecimientos estuvieron relacionados con trastornos musculo-esqueléticos como las dorsopatías, lesiones de hombre, síndrome del túnel carpiano, artrosis o tenosinovitis.
Los trastornos musculo-esqueléticos se han posicionado como uno de los principales problemas de salud laboral en el país. En una década, estos padecimientos tuvieron un crecimiento de 3,590%, según cifras del IMSS.
“Existe una tendencia al incremento de este tipo de padecimientos, los cuales representan que en promedio cada día 15 trabajadores padezcan una enfermedad de este tipo”, señala la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en la manifestación de impacto regulatorio de la norma.
La norma busca revertir esta tendencia en México, la cual no sólo impacta negativamente la salud de las personas, también a las empresas. “(Afectan) al mismo funcionamiento de la organización y la empresa. Los trastornos músculo-esqueléticos son riesgos para las empresas y organizaciones que repercuten sobre sus niveles de funcionalidad, productividad, eficacia y eficiencia. La salud en el trabajo es parte de la salud global de la empresa, incluida la económica”, destaca la dependencia.