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Evaluarán multas para empresas que vulneren el derecho a la desconexión digital
Dentro de la reforma a la LFT que reguló la figura del teletrabajo en el país se incluyó el derecho a la desconexión digital con el objetivo de evitar que las jornadas del trabajo remoto se extiendan más allá de lo que marca la legislación.
El Congreso evaluará un proyecto de reforma legal para establecer sanciones especiales para las empresas que no respeten la desconexión digital, un derecho laboral incorporado a la Ley Federal del Trabajo (LFT) con la reforma de teletrabajo.
La propuesta busca incorporar a la legislación laboral una sanción que va de los 4,811 a los 24,055 pesos para las empresas que no respetan la desconexión digital de los trabajadores, esta es la misma multa que se impone cuando los empleadores no respetan la jornada máxima o el día de descanso.
La desconexión digital es el derecho que tienen los trabajadores remotos a no contestar mensajes o atender tareas después de su jornada laboral. Esta regulación fue una de las más avanzadas en la reforma de teletrabajo. Aunque en abril del año pasado el Senado aprobó extender este derecho a todas las personas trabajadoras sin importar si se desempeñan o no en home office, el proyecto está pendiente de votarse en la Cámara de Diputados.
El diputado Carlos Alberto Puente (PVEM), promovente de la reforma para incluir en la LFT estas nuevas sanciones, considera que la reforma de teletrabajo omitió señalar sanciones por el incumplimiento de las nuevas disposiciones como la desconexión digital. Esta falta de multas específicas limitan que la fuerza laboral tenga garantizado sus derechos en el trabajo remoto.
De acuerdo con OCC Mundial, el 64% de las organizaciones reconoce que será difícil no molestar a las personas después de su jornada, pues las responsabilidades exceden el horario de trabajo establecido.
“Uno de los retos de esta modalidad de trabajo es garantizar el derecho a la desconexión laboral, es decir, el derecho de los trabajadores al descanso y a no ser molestados fuera del horario que comprende su jornada laboral”, expone el legislador en su iniciativa.
Aunque la multa puede parecer baja, la Ley Federal del Trabajo refiere que las sanciones pueden fijarse por cada trabajador afectado cuando la omisión perjudique a más de un empleado.
“Hay que considerar que el teletrabajo puede generar condiciones en las que hay una sobrecarga en la disponibilidad de algunos trabajadores que ahora se ven obligados a vivir atados al celular o a la computadora”, señala Carlos Alberto Puente.
Desde la perspectiva de Manuel Fuentes Muñiz, abogado laboralista y profesor de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), el derecho a la desconexión digital fue una respuesta a las largas jornadas de trabajo que se observaban con el teletrabajo, modalidad que se aceleró con la pandemia.
Sin embargo, el especialista opina que este derecho se ha quedado en una buena intención ante la poca capacidad de vigilancia de las autoridades, sobre todo con una inspección que no ha evolucionado para hacer frente a los nuevos modelos de trabajo.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), en nuestro país el 28% de los trabajadores subordinados labora más de 48 horas por semana, más del máximo legal. Esto implica que 11.1 millones de personas con una relación laboral tienen jornadas excesivas.
No es sólo la desconexión
Respetar el derecho de las personas a no atender mensajes y tareas después de su horario laboral no fue la única obligación que se estableció para los empleadores con la reforma de teletrabajo. Desde enero de 2021 también existe la obligación de proporcionar todas las herramientas como computadoras, impresoras o escritorios a los empleados en home office, así como entregar un monto mensual por gastos de luz e internet.
La misma sanción económica por no respetar la desconexión digital se aplicaría por no entregar los insumos necesarios o absorber “los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo” para quienes se desempeñan en este esquema más del 40% de su jornada de trabajo, tal como lo establece la reforma.
Esto sería así ya que la iniciativa plantea que la multa se aplique por el incumplimiento del artículo 330-E de la Ley Federal del Trabajo donde se establecen estas obligaciones, además de capacitar a las personas para el uso adecuado de las tecnologías.
De acuerdo con el Termómetro Laboral de OCC Mundial, sólo el 26% de quienes hacen home office más del 40% de su jornada laboral ha recibido equipo y material para trabajar desde casa; el resto sigue asumiendo los costos desde su bolsillo. Parte de esta evasión se debe a la implementación de mecanismos donde se conserva el teletrabajo, pero sin rebasar el límite fijado en la LFT para que sea aplicable la nueva regulación.